¿Cuál es la definición legal de violencia doméstica en California?
Esta sección define violencia doméstica para propósitos de obtener una orden de restricción contra la violencia doméstica.
Violencia doméstica es cuando su cónyuge o ex cónyuge, novio/a o ex novio/a, alguien con quien usted tenga un/a hijo/a, alguien con quien usted viva o haya vivido o alguien con quien esté relacionado/a por sangre o matrimonio1 hace cualquiera de las siguientes cosas:
- le causa o intenta causarle daño físico;
- abusa de usted sexualmente;
- hace que usted tema que usted u otra persona esté en peligro inmediato de sufrir daño físico grave inmediato;
- le molesta, ataca, agrede físicamente o le pega;
- le acecha;
- le amenaza o acosa, ya sea en persona o por teléfono, correo electrónico o de cualquier otra manera;
- destruye su propiedad personal; o
- “perturba su paz”, que se refiere a una conducta que destruya su calma mental o emocional, incluyendo control coercitivo.2 Nota: Control coercitivo es un patrón de conducta que interfiere con su libre voluntad y su libertad personal. Algunos ejemplos de control coercitivo incluyen:
- aislarle de sus amistades, familia y otras formas de apoyo;
- privarle de sus necesidades básicas;
- controlar, regular o vigilar sus movimientos, comunicaciones, actividades diarias y finanzas;
- obligarle a hacer algo que tiene el derecho de no hacer o a que no haga algo que tiene el derecho de hacer, mediante la fuerza, amenaza de la fuerza o intimidación, incluyendo amenazas basadas en su estatus migratorio real o sospechado; o
- coerción reproductiva, que es cuando la persona agresora toma control su autonomía reproductiva mediante la fuerza, amenaza de la fuerza o intimidación. Algunos ejemplos son presionarle irrazonablemente para que quede embarazada, intervenir a propósito con el uso de métodos anticonceptivos o el acceso a información de salud reproductiva, o usar tácticas coercitivas para controlar o intentar controlar los resultados de embarazo.2
Si las acciones de la persona agresora no se encuentran dentro de esta definición o si usted no tiene una de las relaciones específicas antes mencionadas, es probable que sea elegible para una orden civil por acoso. Si usted es una persona mayor o un/a adulto/a dependiente, puede calificar para una orden de protección si es víctima de maltrato físico, negligencia o abuso financiero por parte de cualquier persona, o si la persona que está a cargo de su custodia no le da los cuidados necesarios. Para más información, vea Órdenes de restricción para prevenir el maltrato de personas mayores o adultos dependientes.
1 Cal.Fam.Code § 6211
2 Cal.Fam.Code §§ 6203; 6320(a), (c)