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Información Legal: Carolina del Norte

Órdenes de restricción

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Leyes actualizadas al 10 de diciembre de 2024

Paso 2: Puede pedir una orden temporal ex parte para protección inmediata.

Si necesita protección inmediata, puede marcar el encasillado en la demanda para pedir una orden ex parte. Una orden ex parte es una orden temporal de emergencia que un/a juez/a puede darle si usted o sus hijos/as están en peligro inmediato. La persona agresora no será notificada de antemano que usted está pidiendo una orden ex parte. 

Si el/la juez/a entiende que usted o sus hijos/as están en peligro inmediato, puede darle una orden ex parte que durará diez días, hasta la audiencia judicial completa. Si usted llega después de horas laborables, algunos/as magistrados/as pueden darle una orden ex parte que es válida hasta que un/a juez/a pueda ver el caso, lo cual debería ocurrir al final del próximo día que la corte esté en sesión.1 Luego, regresará a la corte para que un/a juez/a le dé una orden ex parte. Independientemente de que el/la juez/a o magistrado/a le dé una orden ex parte, es posible que le den una fecha para una audiencia judicial completa dentro de diez días. La audiencia será delante de un/a juez/a, a la hora que aparece en la notificación, y tanto usted como la persona agresora tendrán la oportunidad de contarle su versión de la historia a el/la juez/a.

1 N.C. Gen. Stat. § 50B-2(c1)