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Órdenes de restricción

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Leyes actualizadas al 10 de diciembre de 2024

¿Qué tipos de órdenes de no contacto en el lugar de trabajo hay? ¿Cuánto duran?

Hay dos tipos de ordenes de no contacto, una temporal y una permanente.1

Una orden temporal de no contacto en el lugar de trabajo puede darse sin notificarle a la parte demandada (ex parte) solo si:

  • está claro, según los hechos específicos que se incluyen en la el afidávit o la demanda verificada de el/la empleador/a de que el/la empleador/a o el/la empleado/a podrían sufrir algún daño inmediato, pérdida o daño antes de que la parte demandada pueda ir a una audiencia judicial; y
  • el/la empleador/a certifique por escrito cualquiera de las siguientes cosas:
    • los esfuerzos que se hayan hecho para notificarle a la parte demandada y las razones por las cuales la notificación no debería ser requerida; o
    • hay justa causa para dar una orden ex parte porque el daño que el/la empleador/a está intentando prevenir posiblemente ocurra si le notifican sobre el caso judicial de antemano a la parte demandada.2

Una orden temporal puede durar hasta diez dias antes de que se pueda celebrar una audiencia, a menos que se extienda más de ese tiempo por una razón válida (justa causa). Si el/la empleador/a también está pidiendo una orden permanente, el/la juez/a programará una audiencia lo antes posible y el/la alguacil (sheriff) le hará la notificación de los documentos a la parte demandada. Es posible que la parte demandada pueda pedir que la orden se termine (disuelva) o se cambie (modifique) después de notificarle con dos dias de anticipación a el/la empleador/a.3

En la audiencia, ambas partes tendrán la oportunidad de ir delante de el/la juez/a y presentar testimonio y evidencia. Una orden de no contacto permanente en el lugar de trabajo se puede dar si el/la juez/a entiende que la parte demandada ha cometido conducta ilegal contra el/la empleado/a. Además, una de las siguientes cosas debe ser cierta:

  • Se le hizo la notificación de los documentos judiciales adecuadamente a la parte demandada;
  • La parte demandada contestó la demanda y se le entregó la notificación de la audiencia; o
  • La parte demandada no se presentó a la audiencia (incumplió).4  

Una orden permanente puede durar hasta un año.5 Si la parte demandada se presenta en la corte cuando el/la empleador/a esté solicitando una orden temporal, el/la juez/a tiene la opción de dar una orden permanente en la audiencia si se cumple con todos los requisitos.6

Nota: Cualquier orden que vaya a expirar en un día que sea feriado para la corte, expirara al cierre del próximo día laborable que la corte este en sesion.7

1 N.C. Gen. Stat. § 95-264(a)
2 N.C. Gen. Stat. § 95-265(a)
3 N.C. Gen. Stat. §§ 95-267(a); 95-268
4 N.C. Gen. Stat. §§ 95-263(c); 95-266
5 N.C. Gen. Stat. § 95-267(b)
6 N.C. Gen. Stat. § 95-265(c)
7 N.C. Gen. Stat. § 95-267(d)