¿Qué tipos de órdenes de no contacto en el lugar de trabajo hay? ¿Cuánto duran?
Hay dos tipos de ordenes de no contacto, una temporal y una permanente.1
Una orden temporal de no contacto en el lugar de trabajo puede darse sin notificarle a la parte demandada (ex parte) solo si:
- está claro, según los hechos específicos que se incluyen en la el afidávit o la demanda verificada de el/la empleador/a de que el/la empleador/a o el/la empleado/a podrían sufrir algún daño inmediato, pérdida o daño antes de que la parte demandada pueda ir a una audiencia judicial; y
- el/la empleador/a certifique por escrito cualquiera de las siguientes cosas:
- los esfuerzos que se hayan hecho para notificarle a la parte demandada y las razones por las cuales la notificación no debería ser requerida; o
- hay justa causa para dar una orden ex parte porque el daño que el/la empleador/a está intentando prevenir posiblemente ocurra si le notifican sobre el caso judicial de antemano a la parte demandada.2
Una orden temporal puede durar hasta diez dias antes de que se pueda celebrar una audiencia, a menos que se extienda más de ese tiempo por una razón válida (justa causa). Si el/la empleador/a también está pidiendo una orden permanente, el/la juez/a programará una audiencia lo antes posible y el/la alguacil (sheriff) le hará la notificación de los documentos a la parte demandada. Es posible que la parte demandada pueda pedir que la orden se termine (disuelva) o se cambie (modifique) después de notificarle con dos dias de anticipación a el/la empleador/a.3
En la audiencia, ambas partes tendrán la oportunidad de ir delante de el/la juez/a y presentar testimonio y evidencia. Una orden de no contacto permanente en el lugar de trabajo se puede dar si el/la juez/a entiende que la parte demandada ha cometido conducta ilegal contra el/la empleado/a. Además, una de las siguientes cosas debe ser cierta:
- Se le hizo la notificación de los documentos judiciales adecuadamente a la parte demandada;
- La parte demandada contestó la demanda y se le entregó la notificación de la audiencia; o
- La parte demandada no se presentó a la audiencia (incumplió).4
Una orden permanente puede durar hasta un año.5 Si la parte demandada se presenta en la corte cuando el/la empleador/a esté solicitando una orden temporal, el/la juez/a tiene la opción de dar una orden permanente en la audiencia si se cumple con todos los requisitos.6
Nota: Cualquier orden que vaya a expirar en un día que sea feriado para la corte, expirara al cierre del próximo día laborable que la corte este en sesion.7
1 N.C. Gen. Stat. § 95-264(a)
2 N.C. Gen. Stat. § 95-265(a)
3 N.C. Gen. Stat. §§ 95-267(a); 95-268
4 N.C. Gen. Stat. §§ 95-263(c); 95-266
5 N.C. Gen. Stat. § 95-267(b)
6 N.C. Gen. Stat. § 95-265(c)
7 N.C. Gen. Stat. § 95-267(d)