¿Qué pasa si la parte demandada viola la orden?
Violar una orden de no contacto en el lugar de trabajo se castiga como “desacato a la corte”, lo cual puede incluir una multa o tiempo de cárcel.1
1 N.C. Gen. Stat. §§ 95-264(c); 95-269
¿Se puede extender o terminar una orden de no contacto en el lugar de trabajo?
Una orden puede extenderse una o más veces si el/la empleador/a presenta una moción para renovar la orden antes de que expire. El/la empleador/a debe demostrar que hay una razón válida (justa causa) para extender la orden. Sin embargo, no es necesario probar que la parte demandada ha continuado con la conducta ilegal desde que se dio la orden originalmente.
Si la parte demandada se presenta en la audiencia judicial, puede oponerse a la extensión y será el/la juez/a quien decida. Si la parte demandada no se presenta, el/la juez/a puede otorgar la solicitud de el/la empleador/a basado solamente en el documento de moción que se presentó, siempre y cuando no haya un cambio significativo (material) de las circunstancias desde que se dio la orden.1
1 N.C. Gen. Stat. § 95-267(c)